martes, 28 de junio de 2011

Un texto enviado por Jaime

Hola amigos soy Jaime, el chico que propuso lo de la encuesta a los bejaranos para hacerlos participes de los cambios que Béjar necesita y del movimiento. Pese a no poder haber estado el otro dia tampoco en la asamblea me informo a través del blog de lo que acontece en ellas. He estado pensando también una serie de propuestas...las explico brevemente...

-En relación con el paro la idea de nuestro amigo Miguel me parece muy buena...también había pensado en algo similar y creo como Bien dice el, que deberíamos saber más acerca de esta opción...¿quien sabe como informarnos de que acciones similares se han podido realizar en Béjar y que falló aquella vez?

Otra idea al respecto es la de que el ayuntamiento de ayudas a negocios pagando el alquiler del local de la siguiente forma...es un esbozo de idea y podemos darle forma, pero creo que puede ser interesante, a ver que opinais vosotros.

Yo había pensado en la concesión de ayudas por parte del ayuntamiento relativas a locales, dividiendo la ayuda en 4 etapas o fases (4 años): en la primera el ayuntamiento pagaría el total del precio del local, en el segundo año pagaría la mitad teniendo que pagar el empresario la otra parte....el tercer año debería pagar el empresario 2/3 partes del mismo, y ya el ultimo año tendría que ser capaz de pagar por si mismo todo el local...pudiendo alquilar a partir de entonces el local el tiempo que el desee...creo q para acceder a esta ayuda se podrian exigir una serie de requisitos o establecer una serie de preferencias o puntos a favor...que podriamos hablar....se me ocurre por ejemplo que si la empresa generase empleo y contratase a gente de bejar...tuviese mayor valoración. Creo que como iniciativa quizas con 3 locales impulsaria a posibles emprendedores en la ciudad.

decidme que os parece.

-En relación con otros temas se me ocurre que podríamos plantar simbolicamente un olmo común (álamo) ¿por que plantar un olmo? bien, antiguamente en los pueblos todos los vecinos se sentaban al rededor de este árbol para realizar las asambleas vecinales y debatir los asuntos de la aldea...creo que teniendo el cuenta el peso de la asamblea en el movimiento 15M a nivel estatal...que estamos potenciando que sea el pueblo (barrio en caso de ciudades más grandes) el que tome las decisiones referentes al mismo es un símbolo muy apropiado...ademas esta especie esta en peligro con la enfermedad de la graciosis y ha desaparecido en muchos pueblos de la peninsula asi que podria ser también una pequeña aportación al medio ambiente ¿donde plantarlo? eso lo decidiríamos entre todos. Aunque creo que es buen lugar el parque de la corredera, ya que es donde estamos realizando las asambleas podrÍa ser en cualquier otro parque que nos dejase el ayuntamiento...aunque tampoco tiene que ser un parque...

-Por ultimo "de momento" se me había ocurrido que podiamos organizar una comida-batida de limpieza un sabado para juntarnos todos los del movimiento y todos los que se quieran unir con un doble objetivo...por un lado para limpiar el rio "cuerpo de hombre" (actuación ambiental) y por otro para conocernos y unirnos más como grupo...podríamos aprovechar para hacer la asamblea en el rio...cada uno llevaría algo de comida y todos compartiriamos lo que tenemos...¿que hay que una más? jeje. También había pensado que con la basura que recojiesemos podriamos hacer un dibujo en el suelo del parque hacerle una foto y enviarlo a algun periodico contando lo que hemos hecho...luego claro recojeriamos eso y lo que pudioesemos reciclar lo hariamos.

dadme vuestras opiniones...un saludo y nos vemos pronto. ¿Ánimo amigos, con alegría e ilusión!

Lo que cobran las fundaciones políticas (III)

Trinidad Jiménez concede 2.200.000 euros a las Fundaciones de los partidos políticos

El Consejo de Ministros les concedió subvenciones, en materia de financiación, por un importe de 82,3 millones

Además, los que ostentan representación en el Congreso reciben cerca de un millón de euros cada tres meses para sufragar gastos de seguridad

Actualizado 14 junio 2011

La ministra de Asuntos Exteriores, Trinidad Jiménez, ha concedido 2.200.000 euros en materia de subvenciones para Fundaciones y Asociaciones dependientes de partidos políticos con representación parlamentaria. En plena crisis económica, con cinco millones de parados y más del 20% del Producto Interior Bruto procedente de la economía sumergida, y con Comunidades Autónomas como Castilla-La Mancha en bancarrota técnica –así afirma Dolores de Cospedal que se ha encontrado la región de la que va a ser presidenta-, la clase política continúa con su despilfarro galopante.
Tras el escándalo de los sueldos de Sus Señorías o el de los coches oficiales, ahora el conjunto de la sociedad tiene que aguantar una nueva salida de tono de sus dirigentes, que se van a repartir un suculento pastel. Según anuncia el Boletín Oficial del Estado (BOE), la partida presupuestaria va dirigida “a la promoción de actividades de formación, consolidación y difusión del sistema democrático”… pero tal y como está el patio, a más de uno le asaltarán las dudas.

Dinero para todo tipo de gastos

Estas subvenciones, convocadas en régimen de concurrencia competitiva por la Secretaría de Estado de Cooperación Internacional, dependiente del ministerio que dirige Trinidad Jiménez, van destinadas a los países identificados en el Plan Director de la Cooperación Española. Las fundaciones de los partidos políticos que las reciban tendrán que hacer uso de ellas antes del 31 de diciembre. El presupuesto incluye gastos de personal, materiales y equipos, así como gastos indirectos, que el BOE tipifica como “propios del funcionamiento regular de la Fundación”. La cantidad adjudicada a cada formación política irá en función del número de escaños en el Congreso de los Diputados y el Senado.

Según aclara el BOE, los partidos deberán justificar dónde ha ido a parar el dinero recibido y para qué actividad se ha utilizado. También deberán someterse a las comprobaciones, seguimientos y evaluaciones de la Secretaría de Cooperación Internacional, así como al control financiero, que corresponde a la Intervención General de la Administración del Estado y al Tribunal de Cuentas. Por otro lado, los partidos políticos beneficiarios están obligados a conservar las facturas que justifiquen la aplicación de los fondos recibidos.

Lluvia de millones tras el 22-M

Esta partida presupuestaria se suma a los 31,5 millones que recientemente se adjudicaron los Grupos políticos, en el marco de la Ley de Financiación de Partidos. Tras las elecciones del 22 de mayo, cada formación recibió 276,85 euros por concejal y 0,55 euros por cada uno de los votos obtenidos. Sólo entre los dos grandes partidos se repartieron más de 21 millones. El Partido Popular llenó sus arcas con 11.996.965, 20 euros (8.474.031 votos y 26.499 concejales), mientras que el PSOE obtuvo 9.478.041, 80 euros (6.276.087 votos y 21.767 concejales).

Por otra parte, el Consejo de Ministros autorizó recientemente la concesión de subvenciones estatales anuales en materia de financiación de los partidos políticos con un montante total de 82.354.480 euros, 1,1 millones más que en el 2010, de los que el Partido Popular (PP) recibirá 34.470.400,58 euros y el PSOE 32.629.432,74 euros, aunque a este hay que añadir los 5.716.965,04 euros del Partido Socialista de Cataluña. Del resto de partidos con representación en el Congreso sólo hay tres que superan el millón de euros: Convergencia Democrática de Catalunya (CDC), con 1.887.559,95 euros; Izquierda Unida (IU), con 1.826.649,92 euros, y PNV, con 1.151.023,89 euros. Les siguen ERC, que recibirá 954.544,63 euros; UPyD, con 758.748,59; BNG, con 629.282,35; UDC, con 629.186,65; CC, con 545.011,38; IPC-Verds, con 485, 935,92; UPN-PP, con 452.614,26; y Nafarroa Bai, que obtendrá 217.124,10 euros.

Por si fuera poco, los partidos con representación en el Congreso reciben cerca de un millón de euros cada tres meses para sufragar gastos de seguridad, a cargo de los Presupuestos Generales del Estado. El dinero se distribuye entre las formaciones políticas de acuerdo con los resultados obtenidos en las últimas elecciones a la Cámara Baja. Y eso que el ministerio del Interior de Alfredo Pérez Rubalcaba ha reducido el número de escoltas en el País Vasco.

FUENTE:  Extraconfidencial.com

Lo que cobran las fundaciones políticas (II)

EL DESPILFARRO DEL DÍA
Más de dos millones para fundaciones y demás chiringuitos de la casta política
Nuestros partidos políticos van a extender ahora la democracia por el planeta, pero con nuestro dinero, estemos o no afiliados.

Por PABLO MOLINA

La casta política decide sobre el uso del dinero que previamente extrae de nuestros pobres bolsillos, así que no es de extrañar que uno de los principales destinos, para el que nunca falta dotación presupuestaria, sea la caja de los propios partidos cumpliendo el viejo precepto del refranero español sobre el que "parte y reparte".

Con muy buen criterio, el gobierno ha reducido las posibilidades del trinque restringiendo el universo de beneficiarios a aquellos partidos que han conseguido al menos un escaño en el congreso de los diputados, porque de haber convocado las subvenciones que hoy les explicamos de modo abierto, igual no habría dinero suficiente para que realizaran su programa anual de festejos con la exquisitez a que nos tienen acostumbrados.

Se trata de una convocatoria de subvenciones extraordinariamente sencilla de resolver puesto que, como ha quedado dicho, sólo pueden presentarse a ella las fundaciones y otros chiringuitos dependientes de los partidos políticos con representación parlamentaria. El fin al que van a aplicar el resultado de este latrocinio presupuestario no puede ser más ambicioso si hemos de creer el enunciado de la convocatoria que hoy publica el BOE, que consiste básicamente en financiar (con nuestro dinero, claro) la realización de "actividades de formación, consolidación y difusión del sistema democrático y de todos sus componentes, preferentemente en los países identificados en el Plan Director de la Cooperación Española."

Porque, amigos, se trata de extender y consolidar el sistema democrático en el resto del mundo, de ahí que el dinero salga del presupuesto del ministerio de la Señorita Trini. Esto tiene la ventaja de que los protegidos de nuestros diputados van a poder hacer turismo solidario por los rincones más exóticos del planeta esparciendo las bondades de la democracia parlamentaria.

Gracias a este dineral procedente de los bolsillos de todos y cada uno de los contribuyentes, no va a haber isla paradisiaca que se quede este verano sin conocer las claves del parlamentarismo, explicadas in situ por los gañanes que integran los chiringuitos de nuestros partidos, grandes expertos en la materia como es mundialmente conocido. También habrá seminarios, congresos y otros actos sociales, pero nada tan efectivo como democratizar indígenas sobre el propio terreno.

Ya que van a despilfarrar nuestro dinero y no el de sus afiliados, los partidos políticos deberían constituir este año un consorcio de chiringuitos para realizar en conjunto un monográfico sobre el papel primordial del Tribunal Constitucional como garante de los usos democráticos. Ejemplos recientes en España para ilustrar el estado de la cuestión no les iban a faltar.

Fuente: http://www.libremercado.com/2011-05-09/mas-de-dos-millones-para-fundaciones-y-demas-chiringuitos-de-la-casta-politica-1276422749/

Lo que cobran las fundaciones políticas

La FAES de Aznar, la fundación política que más recibe de Educación
La institución, dependiente del PP, recibe 170.025,29 euros. La segunda que más dinero ha recibido es la Fundación Jaime Vera, dependiente del PSOE

LUIS REPISO Madrid 03/11/2009 14:00 Actualizado: 03/11/2009 15:07

Dinero recibido por las fundaciones políticas de Educación.

La Fundación para el Análisis y Estudios Sociales (FAES), presidida por José María Aznar desde su creación en 1989 y foco de propagación del ideario de la derecha, es la fundación vinculada a un partido político que más dinero ha recibido en subvenciones del Ministerio de Educación (PDF) .

Concretamente, la institución que en 2005 publicó un trabajo del ex diputado del PP Jorge Trias Sagnier donde sostenía que el Estatuto catalán abría la puerta "a la poligamia y el aborto", o que en junio de este año ha publicado otro libro negando el cambio climático, ha recibido 170.025,29 euros del Ministerio de Educación.

La segunda que más dinero ha recibido es la Fundación Jaime Vera, dependiente del PSOE, con 167.076,18 euros. Tras estas instituciones se sitúan —a mucha distancia— la Fundacio L´Alternativa dependiente de Esquerra Unida -19.250,63 euros-, la Fundación Progreso y Democracia, dependiente del partido de Rosa Díez -18.645,07 euros- y la Fundacio Rafael Campalans, dependiente del PSC -17.241,65 euros-.

Entre las fundaciones del PP y de PSOE suman más de 337.000 euros

En total, once fundaciones han recibido 450.000 euros del Ministerio de Educación. Pero entre las fundaciones del PP y del PSOE suman más de 337.000 euros.

Las ayudas, aprobadas por la Secretaría de Estado de Educación y Formación Profesional el pasado 21 de octubre y publicados hoy en el Boletín Oficial del Estado, están dirigidas a "Fundaciones con dependencia orgánica de Partidos Políticos con representación en las Cortes Generales para el desarrollo de actividades formativas dentro del campo de la educación de las personas adultas".

Fuente. http://www.publico.es/espana/266365/la-faes-de-aznar-la-fundacion-politica-que-mas-recibe-de-educacion

Interesante artículo de Pérez Reverte (enviado por Javier García)


LOS AMOS DEL MUNDO
(Artículo del escritor español Arturo Pérez-Reverte, publicado en 'El Semanal'
el 15 de noviembre de 1998 , y que ahora, diez años después ,parece una visión
de Nostradamus) .

Usted no lo sabe, pero depende de ellos. Usted no los conoce ni se los cruzará
en su vida, pero esos hijos de la gran puta tienen en las manos, en la agenda
electrónica, en la tecla antro del computador, su futuro y el de sus hijos.
Usted no sabe qué cara tienen, pero son ellos quienes lo van a mandar al paro en
nombre de un tres punto siete, o un índice de probabilidad del cero coma cero
cuatro. Usted no tiene nada que ver con esos fulanos porque es empleado de una
ferretería o cajera de Pryca, y ellos estudiaron en Harvard e hicieron un máster
en Tokio, o al revés, van por las mañanas a la Bolsa de Madrid o a la de Wall
Street, y dicen en inglés cosas como long-term capital management, y hablan de
fondos de alto riesgo, de acuerdos multilaterales de inversión y de
neoliberalismo económico salvaje, como quien comenta el partido del domingo.
Usted no los conoce ni en pintura, pero esos conductores suicidas que circulan a
doscientos por hora en un furgón cargado de dinero van a atropellarlo el día
menos pensado, y ni siquiera le quedará el consuelo de ir en la silla de ruedas
con una recortada a volarles los huevos, porque no tienen rostro público, pese a
ser reputados analistas, tiburones de las finanzas, prestigiosos expertos en el
dinero de otros.

Tan expertos que siempre terminan por hacerlo suyo. Porque siempre ganan ellos,
cuando ganan; y nunca pierden ellos, cuando pierden. No crean riqueza, sino que
especulan. Lanzan al mundo combinaciones fastuosas de economía financiera que
nada tienen que ver con la economía productiva. Alzan castillos de naipes y los
garantizan con espejismos y con humo, y los poderosos de la Tierra pierden el
culo por darles coba y subirse al carro. Esto no puede fallar, dicen. Aquí nadie
va a perder. El riesgo es mínimo. Los avalan premios Nóbel de Economía,
periodistas financieros de prestigio, grupos internacionales con siglas de
reconocida solvencia. Y entonces el presidente del banco transeuropeo tal, y el
presidente de la unión de bancos helvéticos, y el capitoste del banco
latinoamericano, y el consorcio euroasiático, y la madre que los parió a todos,
se embarcan con alegría en la aventura, meten viruta por un tubo, y luego se
sientan a esperar ese pelotazo que los va a forrar aún más a todos ellos y a sus
representados. Y en cuanto sale bien la primera operación ya están arriesgando
más en la segunda, que el chollo es el chollo, e intereses de un tropecientos
por ciento no se encuentran todos los días.

Y aunque ese espejismo especulador nada tiene que ver con la economía real, con
la vida de cada día de la gente en la calle, todo es euforia, y palmaditas en la
espalda, y hasta entidades bancarias oficiales comprometen sus reservas de
divisas. Y esto, señores, es Jauja. Y de pronto resulta que no. De pronto
resulta que el invento tenía sus fallos, y que lo de alto riesgo no era una
frase sino exactamente eso: alto riesgo de verdad. Y entonces todo el tinglado
se va a tomar por el saco. Y esos fondos especiales, peligrosos, que cada vez
tienen más peso en la economía mundial, muestran su lado negro.

Y entonces, ¡oh, prodigio!, mientras que los beneficios eran para los tiburones
que controlaban el cotarro y para los que especulaban con dinero de otros,
resulta que las pérdidas, no. Las pérdidas, el mordisco financiero, el pago de
los errores de esos pijolandios que juegan con la economía internacional como si
jugaran al Monopoly, recaen directamente sobre las espaldas de todos nosotros.


Entonces resulta que mientras el beneficio era privado, los errores son
colectivos, y las pérdidas hay que socializarlas, acudiendo con medidas de
emergencia y con fondos de salvación para evitar efectos dominó y chichis de la
Bernarda.. Y esa solidaridad, imprescindible para salvar la estabilidad mundial,
la paga con su pellejo, con sus ahorros, y a veces con su puesto de trabajo,
Mariano Pérez Sánchez, de profesión empleado de comercio, y los millones de
infelices Marianos que a lo largo y ancho del mundo se levantan cada día a las
seis de la mañana para ganarse la vida. Eso es lo que viene, me temo. Nadie
perdonará un duro de la deuda externa de países pobres, pero nunca faltarán
fondos para tapar agujeros de especuladores y canallas que juegan a la ruleta
rusa en cabeza ajena. Así que podemos ir amarrándonos los machos. Ése es el
panorama que los amos de la economía mundial nos deparan, con el cuento de tanto
neoliberalismo económico y tanta mierda, de tanta especulación y de tanta poca
vergüenza.

Los Amos del Mundo / Arturo Pérez-Reverte

domingo, 26 de junio de 2011

Presupuestos del Ayuntamiento de Béjar


Pirámide de población de Béjar 2010


Podéis ver, marcados en azul y en rojo, los grupos de personas que están por debajo de la edad de trabajo activo y las que están por encima del mismo. el panorama se resume como sigue:

• 7.085 personas fuera de las edades de trabajo
• 7.000 personas en edad de trabajar
• 2000 parados (aprox) en junio de 2011

Lo que hace dedudir que 5.000 personas sostienen a una población de 14.785 habitantes, por lo que una debe producir para tres.

Es un verdadero problema.

Una propuesta de miguel9011


Lo que voy a exponer aquí son algunas ideas que he tenido (parte mías y parte de otra gente que por otras razones no puede dar la cara en estos asuntos) y que pueden ayudar a impulsar el empleo en Béjar.

Antes de nada, decir que soy estudiante de la Escuela de Ingenieros y que si tuviera que hacer una lista de los posibles destinos laborales, Béjar se encontraría en el último puesto.

He estado pensando que el problema del empleo es que no hay empresas que quieran invertir en Béjar, no hay un interés comercial o industrial en esta nuestra ciudad. Por eso he pensado que una vez tengamos en nuestra mano el presupuesto del ayuntamiento, una vez lo hayamos estudiado y buscado una forma de ahorrar dinero que se esté malgastando; sería proponer de crear unas subvenciones a modo de premio para aquellas empresas que decidan invertir en Béjar y la comarca (que nos recordó nuestra compañera en la última reunión que no debemos olvidarla). Esta sería una forma de conseguir atraer a empresas que estén buscando nuevas inversiones. Así mismo, crear ayudas a para nuevos empresarios (aparte de las estatales) para que puedan crear una nueva empresa en la ciudad. Quizás existan ya estas ayudas; si es así, perdonad mi ignorancia.

Tomando el tema del presupuesto, si logramos que nos lo cedan, y retomando el tema de los plenos en el Ayuntamiento; tengo entendido que la deuda del Ayuntamiento para con Caja Duero es bastante extensa y va creciendo año tras año (esto habría que estudiarlo detalladamente), luego propongo presionar al Ayuntamiento para que se recorte gastos en pos de irla reduciendo. Como bien se dijo en la última asamblea, creo que podemos vivir con unas escaleras un poco desgastadas.

Siguiendo con el tema del empleo, una de las ideas que propongo es lo siguiente. He observado que en Béjar hay existencia de un montón de terreno desaprovechado. He pensado, como acción directa, contactar con los propietarios de ese terreno y proponerles la explotación agrícola del mismo. De esta manera, contratando a unas cuantas personas, que se encarguen de trabajarla y vender sus productos, entregándole un cierto porcentaje al propietario de la finca. Desviándome un poco del tema, se podría aprovechar la experiencia de gente mayor que se dedicó o se dedica a trabajar la tierra para enseñar a los nuevos trabajadores, pero ese es otro tema. Si además, este cultivo se realiza de forma ecológica Béjar podría hacerse un nombre en este campo.

Lo que me lleva a la siguiente propuesta: crear una marca de distinción bejarana. En ella se incluiría los productos del trabajo de la tierra, artesanía, arte, alimentación tradiciones, etc. y promoverlas por medio de alguna página web, dando a conocer la ciudad desde otro punto de vista.

Por último, quería proponer algo ya más fuera del tema del paro. Me ha parecido vergonzoso lo que ha ocurrido en Béjar.biz. Pensando en qué lleva a la gente a decir estas cosas tan fuera de tono y muchas veces dignas del matón de una clase de preescolar; he llegado a la conclusión de que mucho viene por la desinformación de la gente. He pensado que, aparte de promover los panfletos de las asambleas, realizar, como bien propuso nuestro compañero Jaime, una encuesta por la población de Béjar, para conocer las inquietudes y preocupaciones de todos los ciudadanos, de esta manera si lográramos solucionar algún pequeño problema, por mínimo que sea podríamos "limpiar nuestro nombre" despertando el interés de personas que quizás nunca lo han tenido y quizás de otra forma nunca tendrían por este movimiento. Por otra parte, creo que sería bueno una de dos, o gravar las asambleas en video y colgarlas en youtube por si alguien no pudiera acudir, y/o retransmitirla en directo por internet, al igual que se hizo con la acampada en Sol.

Sé que el comentario es bastante extenso, así que dejo un resumen de las propuestas:

1- Proponer al Ayuntamiento la creación de subvenciones para empresas que decidan invertir en Béjar y comarca y nuevos empresarios en la misma.

2- Presionar al Ayuntamiento a ahorrar en gastos innecesarios en pos de reducir la deuda con Caja
Duero.

3- Promover la explotación agrícola de las fincas desaprovechadas obteniendo nuevos puestos de trabajo.

4- Crear una marca de distinción bejarana que englobe productos de Béjar y comarca, artesanía, gastronomía, etc. para hacer notar la presencia de Béjar.

5- Promover nuestro movimiento por Béjar obteniendo información de los problemas de a pie e intentar solucionarlos, consiguiendo la colaboración de más ciudadanos.

6- Publicar por medio de youtube y/o retransmisión en directo por internet las asambleas.

Decir como nota, que ahora mismo me encuentro en época de exámenes por lo que no puedo implicarme demasiado en el movimiento, pero en cuanto termine, podría encargarme de llevar a cabo los puntos 5 y 6, y agradecería cualquier ayuda al respecto.

Por último, decir que este movimiento me está devolviendo las esperanzas que ya tenía perdidas con Béjar y animo a todo el mundo a participar en él para que entre todos podamos mejorar nuestra vida en esta ciudad.

Un saludo.

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Tarde de sábado: 15-M Béjar (texto de Reynaldo Lugo publicado en Béjar.biz)



Tarde de sábado: 15-M Béjar
Enviado por Reynaldo Lugo el Dom, 26/06/2011 - 21:38.

La asamblearia más pequeña

Asamblea
En la tarde de hoy se celebró en el Parque de la Corredera la asamblea semanal del 15-M Béjar, que comienza a perfilar un método de trabajo para estudiar las propuestas de los participantes y llevar adelante las acciones necesarias para poner en práctica las que fuesen aprobadas. Una cita de Antonio Machado fue presentada en la asamblea, como línea de pensamiento para la cohesión de sus ideales: “En la persona no existe ningún valor superior al de ser personas”.

La asamblea comenzó con un breve informe del paro en la ciudad, a cargo de uno de los participantes, en el que se aprecia su incremento en los últimos años, de 1180 en 2008 a 1700 en 2011. No obstante otra fuente, la encuesta de población activa, sitúa esa cifra en unos 2000. Con independencia es esos datos, el tema del desempleo y las iniciativas en lo relacionado con la creación de empleo estuvieron en el centro de las propuestas e intercambio de opiniones que ocuparon casi todo el tiempo de la sesión.

Entre las ideas que se presentaron estuvo la de conseguir que el Ayuntamiento tenga un trato preferente para las familias que peor la están pasando por motivo del paro, dándole prioridad a sus miembros para ocupar puestos de trabajo temporales de verano. Los asamblearios también expresaron que pedirán al Ayuntamiento cuenta de los gastos de su presupuesto. “Es preciso que se nos explique en qué se gasta nuestro dinero –expresó uno de los participantes--. Con 13 millones de euros de presupuesto se pueden hacer muchas cosas, y no hacer una escalera por donde nadie pasará. Estas son cosas en las que debíamos votar todos los ciudades y exigir que se administre de la mejor manera y que nadie se beneficie con las cuentas públicas”.

En tema de los programas creación de empleos, asociado al paro, se trató la existencia de las actuaciones con dinero público destinadas a paliar el desempleo con la formación. Fue presentada la propuesta de obtener la información necesaria para valorar cómo se gastan esos dineros y si en realidad cumplen el objetivo a que están asignados. “¿Cuánto se está gastando para el fomento del empleo? ¿Se está haciendo bien o mal”, fueron preguntas de los asamblearios. Otra cuestión planteada fue la idea de la supresión de las diputaciones y la prohibición por Ley de que vaya dinero público en subvenciones a las fundaciones de los partidos políticos, lo que implicaría que grandes sumas pudiesen tomar la forma de trabajo para mucha gente.

Tres propuestas de una asamblearia tuvieron muy buena acogida. Una de ellas, correlativa al acuerdo de enviar delegaciones a los Plenos del Ayuntamiento, sugirió la iniciativa de luchar por conseguir que en el orden del día de los Plenos puedan ser incluidos puntos directamente por los ciudadanos. Entre las vías para conseguirlo se mencionó la Comisión de Participación Ciudadana, que, de acuerdo a las opiniones vertidas, le presentan hechos consumados. Sus otras dos propuestas fueron que se promuevan, preferentemente, las obras directas con personas empleadas por el Ayuntamiento, y procurar que el 15-M Béjar se extienda a la comarca y favorecer el intercambio con otras localidades.

Por otra parte, durante la asamblea se debatió la actualidad de un planteamiento en torno a la conveniencia de trabajar, de cara al futuro, sobre la llamada “Renta Básica”, que garantiza a todo ciudadano una retribución del Estado por encima del portal de la pobreza, lo que asegura el bienestar de todos y la disminución de los gastos sociales. Asimismo se habló de una apuesta por el cooperativismo, como método de producción.

Los acuerdos tomados fueron:
-Encargar a uno de los asamblearios un estudio sobre la “Renta básica” como algo de lo cual es necesario tener conocimientos e instruir al 15-M Béjar sobre el tema.
-La asistencia a los Plenos y trabajar para incluir en el orden de día puntos propuestos por la población.
-Promover la obra directa y no las subcontratas del Ayuntamiento.
-Llevar el 15-M Béjar a la comarca.
-Pedir al Ayuntamiento un informe de las cuentas del último año.
-Establecer el contacto directo con Acampada Salamanca y el 15-M en la capital provincial.

Con los aplausos de los asistentes concluyó la asamblea, que esta vez colocó una pancarta para identificarla.

•••

Fuente: http://bejar.biz/tarde-sabado-15-m-bejar

Imagenes asamblea del 25 de junio (cedidas por Reynaldo Lugo)





Reglamento de participación ciudadana del Ayuntamiento de Béjar



REGLAMENTO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE BÉJAR

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:

La participación ciudadana es uno de los puntos fundamentales de la política democrática de un país y de cada uno de sus Municipios. La misma ha sido regulada en diferentes normas, desde la Constitución Española de 1978 pasando por la Carta Europea de Autonomía Local, la Ley 7/1985, de 2 de abril, y las Recomendaciones del Consejo de Ministros del Consejo de Europa.-

La reforma introducida en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, a través de la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de Medidas para la Modernización del Gobierno Local, impulsa los mecanismos de participación ciudadana para adaptarla a las reglas de actuación que se llevan a cabo en Europa, tal y como se ha manifestado en repetidas ocasiones por el Consejo de Europa.-

Este Ayuntamiento pretende impulsar y favorecer por todos los medios a su alcance la potenciación de la participación ciudadana en la gestión municipal, para ello se ha redactado el presente Reglamento.-

A lo largo de la historia democrática se ha comprobado que la participación ciudadana se ha limitado a las relaciones entre el Ayuntamiento como Ente administrativo y las Asociaciones vecinales, dejando aparte las iniciativas individuales de los ciudadanos. Nuestra Constitución reconoce el Derecho a participar en los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes libremente elegidos en elecciones periódicas de sufragio universal; derecho a acceder en condiciones de igualdad a las funciones y cargos públicos con los requisitos que señalen las Leyes.-


TÍTULO PRELIMINAR. DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1.-

El Ayuntamiento de Béjar, ejerciendo la potestad reglamentaria y de autoorganización que otorgan los artículos 4 y 20.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, el artículo 24.b) del Real Decreto 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, y el artículo 4 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, regula la organización y el régimen de funcionamiento de participación ciudadana en su Municipio.-

Artículo 2.-

El presente Reglamento tiene por objeto garantizar el ejercicio de los derechos de participación, regulando los cauces por los que pueden ejercitarse los mismos, promoviendo la participación y facilitando la más amplia información sobre su actividad.-

Artículo 3.-

Los preceptos de este Reglamento se aplicarán preferentemente siempre que no vayan en contra de disposiciones de rango legal que sean de obligado cumplimiento, teniendo en cuenta que la Ley reguladora de Bases de Régimen Local tiene carácter básico, e, igualmente, los artículos 1, 2, 3.2, 12, 13, 14, 15, 16, 18, 22, inciso primero, 25, 26, 34, 48, 49, 50, 52, 54, 56, 57, 58, 59, 69 y 71 del Texto Refundido de Régimen Local.-



TÍTULO I

DERECHOS DE PARTICIPACIÓN DE LOS CIUDADANOS/AS

Artículo 4.- Derecho a la participación.

Todas las personas tienen derecho a intervenir en la gestión de los asuntos públicos locales directamente o mediante asociaciones ciudadanas utilizando los órganos y canales de participación establecidos en las leyes y en este reglamento.-


Artículo 5.- Derecho a la información.

5.1. Todas las personas tienen derecho a recibir información de las actividades y servicios municipales, acceder a los archivos públicos municipales y utilizar todos los medios de información general establecidos por el Ayuntamiento.-

5.2. El Ayuntamiento facilitará el ejercicio de este derecho y creará los canales de información general para atender las peticiones de información que pueda hacer cualquier persona con las únicas limitaciones prescritas por las leyes, especialmente las que hagan referencia a los derechos de protección de la infancia y la juventud, la intimidad de las personas o la seguridad ciudadana.-

5.3. Cuando circunstancias de interés público lo aconsejen y previa conformidad del órgano municipal competente, se remitirá a toda la población residente en el municipio los acuerdos y disposiciones municipales, sin perjuicio de la preceptiva publicación en los Boletines Oficiales.-


Artículo 6.- Derecho de petición.

6.1. Todas las personas tienen derecho a hacer peticiones o solicitudes al gobierno municipal en materias de su competencia o pedir aclaraciones sobre las actuaciones municipales, sin más limitaciones que las establecidas por las leyes. Este derecho se ejerce utilizando cualquier medio válido en derecho que permita dejar constancia fehaciente de la identidad del peticionario y el objeto de la petición.-

6.2. Las peticiones pueden incorporar sugerencias o iniciativas y se presentarán en la oficina de atención ciudadana o en el registro municipal. También se podrán utilizar los medios electrónicos o telemáticos establecidos por el Ayuntamiento. Las peticiones realizadas colectivamente deberán permitir la acreditación de la identificación de los peticionarios.-

6.3. El Ayuntamiento acusará recibo de la petición en el plazo máximo de 10 días y la admitirá a trámite, a no ser que concurran alguna de las causas siguientes:

a) Insuficiencia de la acreditación del peticionario o peticionarios.-
b) El objeto de petición no es competencia del Ayuntamiento.-
c) La petición tiene un trámite administrativo específico. En el primer caso se dará un plazo de 15 días para subsanar la carencia de acreditación, transcurrido el cual se entenderá desistido el procedimiento. La inadmisión por cualquier otra causa será objeto de resolución motivada en el plazo de 45 días, a contar a partir del siguiente a la fecha de presentación de la petición.-

6.4. Si es admitida a trámite, el Ayuntamiento deberá responder al peticionario en un plazo máximo de tres meses informando, si procede, de las medidas que se han tomado al efecto o de las actuaciones que se han previsto adoptar.-

Artículo 7.- Derecho de audiencia.

7.1. Todas las personas tienen derecho a ser oídas en la tramitación de los procedimientos o en la realización de las actuaciones municipales en los que se manifieste un interés legítimo.-

7.2. Con independencia de la posibilidad de acceder a la tramitación de los expedientes administrativos, de conformidad con lo establecido por la Ley 30/1992, del régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, este derecho se puede ejercer mediante convocatoria municipal a iniciativa del Ayuntamiento o a través de una propuesta ciudadana para tratar temas de interés ciudadano, de acuerdo con lo regulado en el artículo 22 de este Reglamento.-

Artículo 8.- Derecho a la iniciativa ciudadana.

8.1. La iniciativa ciudadana permite a cualquier persona promover acciones o actividades municipales, tales como:

a) Derecho a proponer la aprobación de proyectos de reglamentos en los ámbitos competenciales propios
b) Derecho a proponer asuntos para su inclusión en el orden del día del Pleno municipal
c) El derecho a solicitar al Ayuntamiento que haga determinada actividad de interés público municipal comprometiéndose los solicitantes a aportar medios económicos, bienes, derechos o trabajo personal.-

8.2. Para formular la iniciativa ciudadana sobre propuestas de aprobación de proyectos o reglamento será de aplicación el artículo 70 bis) apartado 2 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local y se tramitará de acuerdo con lo establecido por el Reglamento Orgánico municipal, en ningún caso podrán ser objeto de esta iniciativa normas reguladoras de tributos o precios públicos. El Ayuntamiento facilitará un modelo para su presentación donde deberá indicarse claramente la propuesta y, si fuera posible, los motivos que la justifican o aconsejan.-

8.3. Para efectuar propuestas sobre asuntos que deban incluirse en el orden del día del Pleno y que no se refieran a la iniciativa prevista en el apartado anterior, se exigirá que sea solicitado por FEVESA, mediante aportación de certificación del acuerdo de la asamblea (o Junta Directiva) en la que se decidió. Igualmente, lo podrá solicitar cualquier persona empadronada en la ciudad, con el apoyo de un número de firmas no inferior al 15% de las indicadas en el mencionado artículo 70 bis) apartado 2 de la Ley 7/1985 de 2 de abril. Cumpliendo estos requisitos, el Alcalde o Alcaldesa resolverá la solicitud motivadamente en un plazo máximo de 15 días.-

8.4. La solicitud para que el Ayuntamiento realice determinada actividad de interés público municipal se podrá formular por cualquier ciudadano/a o grupos de ciudadanos y ciudadanas mediante escrito que indique claramente qué actuación se pide y qué medios económicos y/o personales piensan aportar los peticionarios para colaborar en su realización. En el caso de personas menores de 16 años sus representantes legales deberán validar la petición. El escrito tiene que contener el nombre y apellidos de la persona firmante, el domicilio, el DNI y su firma. El órgano municipal competente comunicará al peticionario, en un plazo máximo de 45 días, si es admitida su solicitud, indicando, en caso afirmativo, qué actuaciones o medidas se tomarán.-

Artículo 9.- Derecho a presentar quejas, reclamaciones y sugerencias.

9.1. Todas las personas tienen derecho a presentar quejas, reclamaciones y sugerencias respecto de la actividad municipal y de los servicios públicos locales, sin perjuicio de su derecho a interponer los recursos administrativos o jurisdiccionales pertinentes.-

Los medios de presentación de quejas, reclamaciones y sugerencias serán los establecidos en el artículo 6 de este Reglamento.-

9.2. El Ayuntamiento regulará los procedimientos para la defensa de los derechos ciudadanos y si procede, la creación de un/a Defensor del ciudadano o una Comisión Especial de Reclamaciones y Sugerencias o cualquier otra institución similar.-

Artículo 10.- Derecho de intervención en las sesiones públicas municipales.

10.1. Cuando alguna de las asociaciones o Entidades a que se refiere el artículo 72 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, desee efectuar una exposición ante el Pleno en relación con algún punto del orden del día en cuya previa tramitación administrativa hubiese intervenido como interesado, deberá solicitarlo al Alcalde antes de comenzar la sesión. Con la autorización de éste y a través de un único representante, podrá exponer su parecer durante el tiempo que señale el Alcalde, con anterioridad a la lectura, debate y votación de la propuesta incluida en el orden del día.-

10.2. Cuando el Pleno del Ayuntamiento trate de los asuntos sobre los cuales se haya articulado la iniciativa prevista en el artículo 8 de este Reglamento, comportará automáticamente el derecho de intervención en la sesión plenaria.-

10.3 El Ayuntamiento remitirá a FEVESA el orden del día de los Plenos que se celebren con la mayor antelación posible.-

Artículo 11.- Derecho a la consulta popular o referéndum.

11.1. Todos los ciudadanos y ciudadanas inscritos en el Censo electoral tienen derecho a ser consultados directamente sobre asuntos de su interés, así como promover la consulta popular o referéndum de acuerdo con el artículo 70 bis de la Ley 7/1985 Reguladora de las Bases del Régimen Local.-

11.2. La consulta popular o referéndum no podrá consistir nunca en materia tributaria y se tendrá que referir a ámbitos de la competencia municipal, dentro de una misma consulta se puede incluir más de una pregunta.-

11.3.Para acordar su realización será necesario el acuerdo mayoritario del Pleno municipal y tramitar la correspondiente petición al órgano competente del Estado.-

11.4. No se podrá hacer, cada año, más de dos consultas de las indicadas en este artículo y no se podrá reiterar una misma consulta dentro del mismo mandato.-

Artículo 12.- Derecho a una política municipal de fomento de las asociaciones.

Todas las personas tienen derecho a que el Ayuntamiento impulse políticas de fomento de las asociaciones a fin de reformar el tejido social de Béjar y para el desarrollo de iniciativas de interés general. El Ayuntamiento elaborará un Plan específico de fomento y mejora del asociacionismo de Béjar.-

Artículo 13.- Derecho al acceso y utilización de las tecnologías de la información y comunicación.

El Ayuntamiento promoverá el acceso a estos medios favoreciendo, en la medida de sus posibilidades y en el marco de la cooperación técnica y económica con otras administraciones y operadores, la conexión a los hogares y facilitando puntos públicos de acceso mediante la red de equipamientos y oficinas municipales.-

Artículo 14.- Derecho de reunión.

Todas las personas tienen derecho a usar los locales, equipamientos y espacios públicos municipales para ejercer el derecho de reunión sin más condicionantes que los derivados de las características del espacio y las ordenanzas municipales, así como del cumplimiento de los requisitos exigidos cuando se trate de reuniones en lugares de tránsito público o manifestaciones, de acuerdo con la Ley Orgánica 9/1983 Reguladora del Derecho de Reunión.-

Artículo 15.- Promoción efectiva de los derechos de participación.

15.1. El Ayuntamiento promoverá el ejercicio efectivo de los derechos de participación que se regulan en este capítulo, removiendo los obstáculos que impidan su plenitud.-

15.2. De acuerdo con este Reglamento, los derechos de participación, a excepción del de consulta popular o referéndum, se pueden ejercer por cualquier persona que tenga un interés legítimo respecto de los asuntos que tienen que ver con la actividad del Ayuntamiento. El derecho de consulta popular o referéndum sólo podrá ejercitarlo las personas inscritas en el Censo Electoral que no estén privadas del derecho de sufragio.-

15.3. En el marco establecido por las leyes, el Ayuntamiento fomentará el asociacionismo de las personas y de los grupos que se encuentren en peor situación de interlocución social y promoverá la participación de los inmigrantes.-

TÍTULO II. LA ORGANIZACIÓN MUNICIPAL

CAPÍTULO I. Sistemas de información, atención y comunicación

Artículo 16.- La Oficina de Atención Ciudadana.

16.1. Es concebida como un nivel primario de la información municipal que atiende las peticiones y consultas de la ciudadanía desde el punto de vista presencial, de atención telefónica o telemática. En este sentido se dotará de los medios tecnológicos, organización, coordinación interna y formación y reciclaje del personal municipal adecuados para garantizar una respuesta ágil y eficaz a la ciudadanía. La Oficina tiene la función de Registro de peticiones, quejas, sugerencias, iniciativas y propuestas, así como la realización de los trámites administrativos que se determinen. Podrá recoger los escritos dirigidos a otras administraciones trasladándolos, a los órganos competentes, comunicándolo a la persona interesada.-

16.2. Las tareas de esta Oficina, que podrá adoptar la denominación que apruebe el Ayuntamiento, podrán ser asignadas a una unidad orgánica de acuerdo con la estructura organizativa de la Administración municipal.-

Artículo 17. Los medios de comunicación locales.

17.1. El Ayuntamiento podrá promover publicaciones escritas y/o digitales y propiciará el acceso a los mismos de los ciudadanos/as y asociaciones inscritas en el Fichero Municipal de Entidades Ciudadanas. Para facilitar el uso de los medios de comunicación municipales se establecerán cauces y plazos, según las características del medio y el interés manifestado. Se procurará, especialmente , dar a conocer los proyectos y actuaciones de interés municipal, los periodos de información pública y la agenda de actividades.-

17.2. En la medida que lo permita su capacidad económica y técnica, el Ayuntamiento promoverá la radio y/o la televisión locales y la difusión de espacios en los que, además de la información de la ciudad, se puedan hacer debates y consultas a los responsables políticos respecto de las cuestiones de competencia municipal y de interés local, se recabe la opinión de los diferentes agentes sociales, se haga difusión de los actos y procesos de participación ciudadana que se produzcan.-

17.3. El Ayuntamiento promoverá la creación de espacios en la Ciudad para la instalación de carteleras, paneles, banderines y similares que, de acuerdo con las ordenanzas municipales reguladoras de esta actividad, permitan la publicitad de las actividades de interés local que realizan los diferentes agentes sociales del municipio.-

Artículo 18.- La página web municipal y el correo electrónico ciudadano.-

18.1. El Ayuntamiento pondrá a disposición de la ciudadanía una página web donde se podrá informar de las actuaciones de interés general, de los acuerdos de los órganos de gobierno y del Pleno Municipal, así como dar a conocer la red asociativa local y la agenda de actividades más relevantes para el municipio.-

18.2. Esta página web informará con el máximo detalle posible, sobre los proyectos de importancia para el municipio. Igualmente se podrán hacer consultas y realizar los trámites administrativos mediante los procedimientos que en su día se acuerden. Se impulsará en la página web un espacio dónde se puedan presentar ideas, opiniones, sugerencias, foros de debate sobre temas de interés municipal y similares.-

18.3. En la medida que se generalice el uso de los recursos tecnológicos, el Ayuntamiento desarrollará progresivamente un forum o red informática cívica, abierta a todas las personas residentes en la Ciudad.-

18.4. El Ayuntamiento fomentará, asimismo, el empleo de la firma electrónica de acuerdo con las leyes y reglamentos que se desarrollen, dentro del proceso de modernización de las Administraciones Públicas y su acercamiento progresivo y continuo a los/as Ciudadanos/as.-

Artículo 19.- Guía de los trámites.

19.1. El Ayuntamiento elaborará y mantendrá actualizada una guía básica de trámites municipales que se publicará en la página web municipal y será accesible a toda la ciudadanía, para mejorar la información ciudadana y la realización de cualquier actuación administrativa.-

19.2. El Ayuntamiento promoverá la realización de cartas de servicios u otros instrumentos de control de la calidad, donde se recojan los compromisos municipales respecto de los servicios que presta. Su contenido mínimo indicará los medios de evaluación y seguimiento de esos compromisos. Se facilitarán instrumentos específicos de participación ciudadana en los procesos de su evaluación.-

Artículo 20.- Ampliación de los plazos en los procedimientos administrativos.

Para facilitar el acceso a los expedientes administrativos y poder ejerce eficazmente el derecho de información y propuesta, se podrán ampliar los plazos previstos en las normas reguladoras del procedimiento administrativo, en casos de especial trascendencia, mediante acuerdo del órgano competente en el mencionado procedimiento.-

Artículo 21.- Sistema de información y comunicación ciudadana.

El Ayuntamiento promoverá la elaboración de un plan de actuación para facilitar y mejorar los sistemas de información, comunicación y consulta en el ámbito de sus competencias.-

CAPÍTULO II. La audiencia pública

Artículo 22.- La audiencia pública.

22.1 Es el encuentro, en una fecha determinada, de los/las responsables municipales con la ciudadanía para informar sobre determinadas actividades o programas de actuación y recoger propuestas de los ciudadanos y ciudadanas

22.2. El/La Alcalde/sa convocará, al menos, una cada año para presentar el programa de actuación municipal y las ordenanzas municipales, con una antelación mínima de 15 días antes del Pleno en el que se presenten. Presidirá las sesiones el/la Alcalde/sa que podrá delegar en cualquier Concejal. Actuará como Secretario para levantar acta de los acuerdos, si procede, el de la Corporación o persona en quien delegue.-

22.3. También se podrán convocar cuántas sean necesarias a lo largo del año a iniciativa municipal o a propuesta de:
a) Un representante de FEVESA.-
b) Un número de asociaciones o grupos no inferior al 10% de los inscritos en el Fichero Municipal de Entidades Ciudadanas.

22.4. El funcionamiento de las sesiones será el siguiente:

1º. Intervención de la ponencia del tema a tratar
2º. Intervención y posicionamiento del responsable político municipal
3º. Intervención de las personas asistentes durante un máximo de cinco minutos cada una. Este tiempo se podrá reducir en función del número de personas que hayan solicitado la palabra, teniendo en cuenta una duración máxima de dos horas toda la sesión
4º. Réplica del/la responsable político, si procede
5º. Conclusiones, si procede.-

22.5. El ámbito de la convocatoria, y consecuentemente de las iniciativa para convocarla, podrá referirse a un barrio o conjunto de barrios. En este caso, la capacidad por hacer la convocatoria se tendrá que considerar respecto del ámbito territorial concreto.-

Artículo 23.- Audiencia pública de niños y niñas.

23.1. Se trata de un medio de participación, consulta y asesoramiento, consistente en el encuentro de los/las responsables políticos y técnicos municipales con los niños de la ciudad, que se puede realizar regularmente. Aún así, su función principal es de carácter pedagógico y educativo respecto de los niños y niñas del municipio, y deberá tener en cuenta el plan de trabajo que se elabore en colaboración con los centros escolares locales, asociaciones de madres y padres y otras entidades relacionadas con la infancia.-

23.2. Será convocada por el/la Alcalde/sa, directamente, o a petición del Instituto Municipal de Educación, previa consulta con la FAMPA.-

23.3. La sesión se iniciará con la presentación del/de la Alcalde/sa o persona en quien delegue quien ejercerá de presidente y acto seguido se dará la palabra a los /las representantes de los niños y niñas. Si el/la presidente/a de la sesión lo considera necesario intervendrán los Concejales y/o técnicos responsable del tema o temas que se traten. A continuación se abrirá un turno de palabras para que los grupos políticos municipales manifiesten su posición. Después podrá intervenir el resto de asistentes dando prioridad a los niños y niñas sin más límite que el uso razonable del tiempo.-

23.4. Actuará como Secretario el de la Corporación o persona en quien delegue. Podrán asistir también un/a portavoz o representantes de cada grupo municipal. Habrán de asistir los Concejales y personal técnico responsable de las áreas relacionadas con el tema o temas que se traten en la audiencia.-

CAPÍTULO III. El Fichero Municipal de Entidades Ciudadanas.

Artículo 24.- El Fichero Municipal de entidades.

24.1. Es el Registro en el que se inscriben las asociaciones y grupos estables que tengan su ámbito de actuación principal en la Ciudad. Se entiende por grupo estable la agrupación de más de tres personas que se comprometen a poner en común recursos económicos y/o personales, sin ánimo de lucro, con el objetivo de lograr determinada finalidad de interés general sin estar inscrita en el Registro de Asociaciones del Ministerio del Interior o cualquier otro de funciones similares.-

24.2. El Fichero tiene carácter público y puede ser consultado por cualquier persona interesada. Es un órgano dinámico que trata de conocer la realidad asociativa de la Ciudad y analiza y estudia la evolución del tejido asociativo para facilitar esa información al Ayuntamiento y a las entidades y favorecer una eficaz política de fomento y mejora de la actividad asociativa.-

24.3. El Fichero tiene que permitir conocer la misión u objetivo principal de la entidad para hacer una efectiva actividad clasificatoria.-

24.4. La inscripción en el Fichero será inmediata a partir del momento en que se presente en el Registro Municipal un escrito solicitándolo en el que se adjuntará la siguiente documentación:

A. Copia de los estatutos o normas de funcionamiento vigentes. En el caso de grupos no inscritos, declaración de los objetivos de la agrupación firmada por todos sus miembros.-
B. Número de inscripción en el Registro General de Asociaciones o similar, en el caso de asociaciones inscritas.-
C. Acta o certificación que acredite la personalidad de los miembros de la Junta Directiva, así como sus domicilios y teléfonos de contacto.-
D. Domicilio y, si es el caso, sede o sedes sociales.-
E. Código de Identificación Fiscal, para las asociaciones inscritas.-
F. Certificación del número de socios inscritos en el momento de la solicitud.-
G. Programa o memoria anual de sus actividades.-
H. Presupuesto anual de la entidad.-

24.5. El Ayuntamiento clasificará a la entidad o grupo en una de las tipologías existentes en el Fichero y lo notificará al interesado para que alegue lo que considere conveniente. Si en un plazo de quince días desde la notificación, no ha presentado ningún tipo de alegación se entenderá aceptada la clasificación realizada.-
Si en el momento de hacer esta clasificación se detectara la falta de algún requisito esencial para la inscripción se comunicará a la persona interesada para que en un plazo de quince días pueda subsanar el defecto, dándose por desistido caso de no hacerlo.-

24.6. Las entidades inscritas en el Fichero deberá notificar al Ayuntamiento cualquier modificación de los datos incluidos en la documentación que haya servido de base para la inscripción, en un plazo máximo de un mes a contar desde el momento en que se produjo tal modificación.-
Igualmente, deberán presentar al Ayuntamiento cada año, antes del último día del mes de febrero, una memoria de las actividades y de los actos realizados en el transcurso del año anterior y el número de asociados a 31 de diciembre.-
El incumplimiento de lo prevenido en este apartado significará que el Ayuntamiento considera a la entidad inscrita como iniciativa y activará el procedimiento que se indica en el apartado siguiente para proceder a su baja del Fichero, de oficio.-

24.7. El Ayuntamiento dará de baja, de oficio, aquellas asociaciones o grupos que permanezcan inactivas, comunicando esta situación al interesado quien podrá formalizar alegaciones en un plazo no superior a 15 días, procediendo inmediatamente a su baja en el supuesto que no se presente ningún tipo de alegación.-

CAPÍTULO IV. Sistema de defensa y protección de los derechos ciudadanos.

Artículo 25. Sistema de defensa de la ciudadanía.

25.1. En el marco de las competencias del gobierno local, los derechos reconocidos en la Constitución, en las leyes y en este Reglamento, serán objeto de especial protección por parte del Ayuntamiento, que exigirá las responsabilidades adecuadas al personal y a las autoridades municipales que no los respeten o vulneren su ejercicio.-

25.2. La Oficina de Atención Ciudadana o la unidad que preste las funciones de ésta, el Libro de Quejas y Reclamaciones, la Comisión Especial de Quejas y Reclamaciones prevista en el artículo 132 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, el Defensor del Ciudadano, si procede, y la posibilidad de reunirse con los responsables técnicos y/o políticos respecto temas de su competencia son las piezas que conforman este sistema de defensa y protección de los derechos, sin perjuicio de los recursos administrativos o jurisdicción pertinentes.-

25.3. El Ayuntamiento regulará, de acuerdo con la ley, el funcionamiento de estos órganos, unidades o instrumentos nucleares del sistema de defensa de los ciudadanos en el municipio.-

TÍTULO III. ÓRGANOS DE PARTICIPACIÓN

Artículo 26. Carácter de los órganos de participación.

26.1. Todos los órganos de participación, tienen un carácter consultivo, de informe preceptivo, de formulación de propuestas y sugerencias, de acuerdo y con el alcance previsto en el artículo 69 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local.-

26.2. La constitución de estos órganos es facultativa, excepto en los municipios a los que sea de aplicación el título X de la Ley 57/2003, de medidas de modernización del gobierno local. Su creación deberá ser acordada por el Pleno por mayoría absoluta.-


La Comisión Mixta de Participación Ciudadana.

Artículo 27. La Comisión Mixta de Participación Ciudadana.

27.1. Es el órgano de participación desde el que se analizan y coordinan las actuaciones que afectan al conjunto de la ciudad.-

27.2. Sus funciones principales son debatir los planes de actuación generales, canalizar quejas y sugerencias, emitir informes, promover estudios y hacer propuestas en materia de desarrollo económico, local, planificación estratégica de Béjar y grandes proyectos urbanos. A título orientativo se señalan específicamente las funciones siguientes:

A. Emitir informe sobre los asuntos que le sean solicitados por el/la Alcalde/sa, el Pleno o cualquier consejo municipal de participación.-
B. Conocer y debatir el Plan de actuación municipal, las ordenanzas y otras disposiciones de carácter general.-
C. Proponer la aprobación de disposiciones de carácter general que seguirán los trámites establecidos en el artículo 8.-
D. Asesorar al gobierno municipal sobre las grandes líneas de la política y gestión municipal.-
E. Conocer los presupuestos municipales y los resultados de su ejecución.-
F. Proponer la realización de audiencias públicas de ámbito de ciudad o inferior.-
G. Proponer la realización de consultas populares o referéndums o la convocatoria de consejos ciudadanos.-
H. Proponer la realización de estudios sobre temas de interés para la ciudad y promover el debate sobre los resultados.-

Artículo 28. Composición.

Será presidido por el/la Alcalde/sa, o persona en quien delegue, y el vicepresidente será elegido, en la primera sesión de la Comisión Mixta de Participación Ciudadana que se celebre al inicio del mandato corporativo, entre las personas que son miembros y no son representantes del Ayuntamiento ni de cualquier otra administración pública.-

El resto de los miembros de la Comisión Mixta podrán ser:

A. Un/a Concejal/a en representación de cada uno de los grupos municipales.-
B. Personas en representación de las organizaciones sociales, vecinales, sindicales, profesionales y empresariales más representantivas de Béjar, nombradas por el/la Alcalde/sa a propuesta propia o de la Comisión Mixta de Participación Ciudadana.-
C. Hasta 10 personas de especial relevancia ciudadana nombradas por el Alcalde, a propuesta de la Comisión Mixta de Participación Ciudadana.-
D. Podrán participar representantes de las administraciones públicas con competencia en el ámbito territorial de Béjar, como, por ejemplo: enseñanza, sanidad. Seguridad ciudadana, vivienda, planificación territorial, justicia, entre otros, cuando se traten de asuntos de su competencia.-
E. Un/a Secretario/A que será designado por el/la Alcalde/sa, con voz pero sin voto, de entre los trabajadores municipales.-

Podrán asistir, con voz pero sin voto, cualquier Concejal/a y el personal técnico convocado por el/la Alcalde/sa.-

TÍTULO IV. FOMENTO DE LAS METODOLOGÍAS PATICIPATIVAS.

Artículo 29. Definición de proceso participativo.

A los efectos de este Reglamento se entiende por proceso participativo aquél que de manera integral contempla las fases siguientes:

A. Fase de información, mediante la cual se trata de difundir al conjunto de la ciudadanía afectada la materia o proyecto sobre el cual se pretende la participación, utilizando las técnicas metodológicas pertinentes.-
B. Fase de debate ciudadano, mediante la cual y empleado las metodologías adecuadas se promueve el diagnóstico, debate y propuestas de la ciudadanía.-
C. Fase de devolución, mediante la cual se traslada a las personas participantes y al conjunto de la ciudadanía el resultado del proceso.-

Artículo 30. Utilización de metodologías participativas.

El programa de actuación municipal preverá cada año, a propuesta del/la Alcalde/sa, o de la Comisión Mixta de Participación Ciudadana qué proyectos se impulsarán mediante estas metodologías. Los resultados de estos procesos serán recogidos cada año en una memoria de evaluación.-

Artículo 31. Comisiones específicas.

La Comisión Mixta de Participación Ciudadana, así como el/la Alcalde/sa podrán promover la constitución de Comisiones de trabajo específicas para intervenir en temas concretos que se caracterizan por tener una duración temporal determinada.-

La composición y funcionamiento de estas Comisiones será concretado en el acuerdo de constitución.-

DISPOSICIONES ADICIONALES.

PRIMERA. El Ayuntamiento promoverá la elaboración de una Carta Ciudadana que ayude a clarificar, difundir y utilizar los medios adecuados para el mejor ejercicio de los derechos ciudadanos de información, consulta, asociación, reunión y participación.-

SEGUNDA. El Ayuntamiento promoverá la elaboración de un plan de participación por mejorar la organización municipal y hacerla más permeable a las iniciativas ciudadanas y favorecer la estructuración y consolidación del tejido asociativo, así como el interés por la ciudadanía de intervenir en la mejora de Béjar.-

TERCERA. El Ayuntamiento promoverá la elaboración de un plan para el fomento del asociacionismo a fin de facilitar instrumentos que mejoren la estructura y la actividad de las asociaciones de la Ciudad y fomenten la incorporación e implicación de más personas en el tejido asociativo.-

CUARTA. El Ayuntamiento elaborará un plan de comunicación para regular el funcionamiento de los medios de comunicación locales de titularidad municipal y su coordinación para garantizar una mejor información ciudadana.-

QUINTA. El Ayuntamiento promoverá la elaboración de un Plan de usos de los equipamientos cívicos, sociales, culturales y deportivos para facilitar el mejor ejercicio de los derechos de reunión, asociación y participación.-

SEXTA. El Ayuntamiento promoverá las actuaciones necesarias para facilitar el ejercicio de los derechos de información, consulta, reclamación y participación en los organismos autónomos y en las empresas públicas municipales.-

SÉPTIMA. La aparición de nuevos modelos, experiencias o sistemas que favorezcan la participación podrán ser incorporados, a propuesta de la Comisión Mixta, por el/la Alcalde/sa, a no ser que supongan modificación de este reglamento, en cuyo caso deberá ser aprobado por el Pleno de la Corporación.-

DISPOSICIÓN DEROGATORIA

Quedan derogadas cuantas Normas municipales, Acuerdos o disposiciones, contradigan lo establecido en el presente Reglamento.-

DISPOSICIÓN FINAL

El presente Reglamento entrará en vigor una vez publicado su texto íntegro en el Boletín Oficial de la Provincia y haya transcurrido el plazo previsto en el artículo 65.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, por remisión de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la misma.-

Béjar, 29 de abril de 2008
EL ALCALDE

Fdo. D. Cipriano González Hernández